Valor Fiscal de Motos Náuticas 2026

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Esta simulación no es vinculante para la Administración y no sustituye a la obligación de presentación del modelo de autoliquidación 620.
En las embarcaciones se procederá a valorar por separado el buque sin motor (casco) y la motorización, excepto en el caso de las motos náuticas en que se considerará de forma conjunta.

Cálculo del ITP

El impuesto se liquida sobre el valor de la embarcación, que será el mayor entre:

  • El precio de compraventa indicado en el contrato.
  • El valor fiscal publicado anualmente en el BOE por el Ministerio de Hacienda (las “tablas de Hacienda”).

Si el valor fiscal es superior al precio contractual, se liquidará en base a este último. Ten en cuenta que la normativa impositiva puede variar ligeramente según la comunidad autónoma.

Tipos de Gravamen por Comunidad Autónoma

 

Comunidad Autónoma

Norma

Tipo de gravamen

Andalucía

General

4%

Mayor a 8 m.

8%

Aragón

General

4%

Baleares (Islas)

General

4%

Canarias (Islas)

General

5,5%

Cantabria

General

8%

Castilla-La Mancha

General

6%

Castilla y León

General

5%

Cataluña

General

5%

Ciudad Autónoma de Ceuta

Residentes

2%

Ciudad Autónoma de Melilla

Residentes

2%

Comunidad de Madrid

General

4%

Comunidad foral de Navarra

General

4%

Comunidad Valenciana

General

6%

Mayor a 8 m. ó a 20.000 €

8%

Para achatarrar

2%

Extremadura

General

6%

Galicia

General

1%

País Vasco

Vizcaya

4%

Guipúzcoa

4%

Álava

4%

Principado de Asturias

General

4%

Mayor a 8 m.

8%

La Rioja

General

4%

Región de Murcia

General

4%

No residentes

General

4%

Tipos impositivos de ITP para embarcaciones por comunidades autónomas.