En nuestra asesoría náutica, ofrecemos un servicio integral para matricular tu embarcación de recreo o motos de agua. Nos encargamos de gestionar todos los trámites necesarios ante las autoridades marítimas, garantizando un proceso rápido, seguro y sin complicaciones.

¿En qué consiste la matriculación?

La matriculación e inscripción de barcos son actos administrativos esenciales para registrar una embarcación en España y otorgarle el derecho de navegar bajo pabellón español. Este trámite es obligatorio y ofrece múltiples beneficios legales y operativos a los propietarios.

¿Qué es la Matriculación de un Barco?

La matriculación es el procedimiento mediante el cual una embarcación obtiene un código alfanumérico que la identifica en el Registro de Buques de España. Este registro es obligatorio para embarcaciones que:

  • Vayan a navegar en aguas internacionales.
  • Tengan una eslora mayor a 2,5 metros (salvo artefactos de playa).

La matrícula otorga al barco el derecho a enarbolar el pabellón español y acceder a los servicios de la Marina Mercante Española.

Servicios incluidos

  • Trámite ante la administración competente: Presentación del expediente en Capitanía Marítima.
  • Asesoramiento personalizado: Resolución de dudas durante el proceso de matriculación.
  • Tasa de registro de buques: Gestión y presentación de tasas correspondientes (Tasa no incluida).
  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): Elaboración y presentación de este impuesto (impuesto no incluidos en el precio).
  • Impuesto de de Matriculación (IEDMT): Elaboración y presentación de este impuesto (impuesto no incluidos en el precio).
  • Asesoramiento sobre el seguro obligatorio: Le resolvemos todas la dudas y ofrecemos ofertas para su contratación.

Pasos del expediente

1

Liquidación de impuestos y tasas

Pago del impuesto correspondiente en la comunidad autónoma en caso de compra a un particular (sin IVA). Si la compra la realiza a una náutica, la operación llevaría IVA y no liquida ITP. El ITP es un requisito obligatorio para el comprador si el vendedor es un particular. Su cálculo depende de la eslora, el precio de compra y las tablas de valoración publicadas por el Ministerio de Hacienda. En casos de herencias o donaciones, se aplica el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, en lugar del ITP. Si lo desea, podemos gestionar el impuesto de sucesiones o donaciones. El Impuesto de Matriculación (IEDTM), también se debe liquidar, aunque hay excepciones.
2

Presentación en Capitanía Marítima

Entrega del expediente y solicitud del cambio de titularidad.

Documentación necesaria

Con Avante, solo necesitas hacernos llegar la siguiente documentación escaneada en PDF a color (incluso con apps para el móvil). 

  • DNI del propietario.
  • Contrato de compraventa firmado por ambas partes o Factura.
  • Contrato de compraventa o Factura del motor.
  • Certificado CE.
  • Informe de Inspección (ITB) (si aplica)
  • Contrato de compraventa o Factura del motor.

Abanderamiento o inscripción

El abanderamiento/matriculación es el régimen general aplicable a las embarcaciones de recreo (artículo 9 del RD 1435/2010).

Aunque existe un régimen especial aplicable a las embarcaciones de recreo de eslora igual o inferior a 12 metros, en el que están exentas de la obligación de abanderamiento y matriculación, así como de despacho, siempre que la propia embarcación y su equipo propulsor ostenten el marcado CE. No obstante, estas embarcaciones a las que aplica el régimen especial pueden acogerse al régimen general de abanderamiento y matriculación a petición expresa del titular.

Ventajas de la Inscripción

  • Sencillez del trámite y por lo tanto, más rápidos.
  • No requiere el pago de tasas administrativas, lo que la hace más económica.

Por el contrario, la desventaja es que las embarcaciones inscritas solo pueden navegar en aguas jurisdiccionales españolas (hasta 6 millas mar adentro).

Aspecto

Matriculación

Inscripción

Ámbito

Nacional e internacional

Solo aguas españolas

Eslora

Más de 2,5 metros

Hasta 12 metros

Tasas

Requiere tasas

Exento

Requisitos técnicos

Más documentación

Marcado CE y Declaración de Conformidad

Beneficios de Registrar una Embarcación

Registrar una embarcación en España, ya sea a través de la matriculación o inscripción, ofrece ventajas como:

  1. Derecho a navegar bajo pabellón español.
  2. Acceso a los puertos y servicios de la Marina Mercante.
  3. Posibilidad de obtener seguros náuticos, como el de responsabilidad civil.
  4. Registro legal de propiedad.
  5. Obtención del Permiso de Navegación o Certificado de Inscripción.

Casos Especiales: Motos de Agua 

Las motos náuticas requieren de matriculación obligatoria en el Registro de Buques. La documentación exigida es similar a la de un barco de recreo.

Resolución

Mientras Capitanía Marítima gestiona la matriculación, proporcionamos un documento provisional para que el comprador pueda navegar sin contratiempos.

El tiempo de resolución de los expedientes es de entre 1 y 4 semanas. Siendo lo normal entre 3 y 4 semanas.

Confíe en Nuestros Expertos

Disfruta de una gestión completa de la mano de expertos en náutica. En Avante, contamos con amplia experiencia en las gestiones náuticas. Garantizamos un servicio ágil y profesional para que disfrute de su embarcación sin preocupaciones.

¿Listo para realizar matriculación? Solicite su presupuesto sin compromiso hoy mismo y comience a navegar con total tranquilidad.